Estos sistemas constituyen una herramienta rentable para las empresas químicas y para los proveedores de servicios logísticos. En gran medida, el sector químico europeo utiliza los servicios logísticos prestados por terceros para el almacenamiento, la manipulación y el transporte de materias primas, productos intermedios y productos terminados del sector químico. Las empresas químicas necesitan tener garantías de que esas operaciones se llevan a cabo de forma segura y responsable, con el debido respeto a la seguridad de los empleados, el público y el medio ambiente.
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En el pasado, las empresas químicas obtenían la garantía de la seguridad y del medio ambiente independientemente a través de las auditorías periódicas a que se sometían sus proveedores de servicios logísticos. Este planteamiento fragmentario implicaba la realización de múltiples planes de auditoría y era costoso y poco eficiente para los sectores químico y de transportes.A principios de los años 90, dentro del ámbito de la iniciativa de compromiso de progreso (Responsible Care), el Cefic puso en marcha el programa ICE (siglas inglesas de Medio Ambiente Químico Internacional), con el objetivo de mejorar la seguridad del transporte, almacenamiento y manipulación de productos químicos. Uno de los elementos clave del programa era el desarrollo de diversos Sistemas de Evaluación de la Seguridad y la Calidad (SQAS), uno para cada medio de transporte u operación logística concreta (transporte por carretera, por ferrocarril, intermodal, instalaciones de limpieza, transporte marítimo de carga, buques de transporte de cargamentos a granel, terminales de almacenamiento de material a granel y gabarras).

Objetivos

Los sistemas SQAS son una herramienta adecuada para obtener una evaluación uniforme de los sistemas de gestión medioambiental, de la calidad y la seguridad de los proveedores de servicios logísticos, llevada a cabo por asesores independientes con la ayuda de un cuestionario estándar. De ese modo, los sistemas SQAS evitan la realización de multitud de evaluaciones por parte de cada empresa química y ayudan a las empresas a seleccionar a sus proveedores de servicios logísticos y a definir las mejoras que desean lograr en cada caso.La realización de una evaluación SQAS por parte de un asesor independiente no conduce a la obtención de un certificado. En su lugar, permite obtener un informe de exposición de hechos, que cada empresa química debe valorar según sus propios requisitos. De ese modo, una sola evaluación sustituye a las múltiples inspecciones de que eran objeto habitualmente los proveedores de servicios logísticos, y consigue que el diálogo entre cada proveedor de servicios y cada empresa química no sea superfluo.

Aunque un sistema SAQS no garantiza la seguridad y la calidad de los servicios prestados por un proveedor, ofrece un mecanismo de evaluación de la mejora continua. El sistema permite al proveedor conocer las virtudes y los defectos detectados durante la evaluación. Además, después de la evaluación del informe de valoración por parte de la empresa química, los clientes pueden aportar sus opiniones al respecto. Ello puede contribuir a establecer unas relaciones de colaboración beneficiosas para ambas partes.

Ventajas

Las ventajas de los sistemas SQAS pueden resumirse así:

  • La existencia de un modelo sectorial concertado fomenta la colaboración entre las empresas químicas y sus proveedores de servicios logísticos.
  • La realización de una única evaluación objetiva permite adaptarla a las necesidades de cada empresa química.
  • El seguimiento de un planteamiento sistemático ayuda a los proveedores de servicios logísticos a concentrar sus esfuerzos en los aspectos que más atención requieren.
  • Los sistemas SQAS constituyen una herramienta rentable para las empresas químicas (que necesitan llevar a cabo menos auditorías) y para los proveedores de servicios logísticos (que se ven sometidos a un menor número de auditorías).
  • Los sistemas SQAS contribuyen a conseguir una mejora continua.
  • Los sistemas SQAS representan una herramienta muy importante para el asesor de seguridad de mercancías peligrosas.
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Proceso de evaluación

En general, el proceso de evaluación SQAS abarca los siguientes pasos:

  • El proveedor de servicios logísticos contrata a un asesor independiente y bien cualificado para que efectúe una evaluación SQAS y se familiarice con el paquete SQAS en cuestión.
  • El asesor efectúa la evaluación y genera un informe de exposición de hechos al que después se le añaden los comentarios del proveedor de servicios logísticos. El informe no ofrece ninguna recomendación de mejora, ni constituye un certificado.
  • Según el paquete SQAS de que se trate, el proveedor de servicios logísticos suministra voluntariamente una copia del informe a cualquier empresa química que así lo solicite. La otra posibilidad que tiene es permitir el acceso a los datos de la evaluación desde una base de datos central.
  • Cada empresa química evalúa los resultados del informe de exposición de hechos en función de sus propios requisitos y acuerda las prioridades de mejora continua con el proveedor de servicios logísticos.
  • El proveedor de servicios logísticos debe organizar la realización de nuevas evaluaciones periódicas.
A partir de esa fecha es exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2

Deplan informa sobre la Orden APM/1040/2017 de responsabilidad ambiental

Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2.

El pasado mes de octubre se publicó la Orden APM/1040/2017. Ésta tiene por objeto establecer la fecha a partir de la cual será exigible la garantía financiera prevista en el artículo 24 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental a las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 y nivel de prioridad 2 en la Orden ARM/1783/2011,

Ámbito de aplicación

– Operadores sujetos al ámbito de aplicación del RD 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (operadores Seveso), que llevarán asociado un nivel de prioridad 1 (máxima prioridad)

– A determinadas actividades industriales incluidas en el Anexo I del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre).

Principales cambios

Modifica el anexo de la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, de forma que en el anexo de la nueva Orden APM1040/2017, sólo aparecen las actividades que, conforme al nuevo artículo 37.2.a) del Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, quedarán obligadas a constituir la garantía financiera, clasificadas con el nivel de prioridad correspondiente, de 1 a 3.

Establece la fecha a partir de la cual será exigible la garantía financiera prevista en el artículo 24 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, a las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 y 2, de la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio. De manera que:

  1. Las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1, deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad o actividades que pretendan desarrollar, a partir del 31 de octubre de 2018.
  2. Las actividades clasificadas con nivel de prioridad 2, deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar, a partir del 31 de octubre de 2019.

Entrada en vigor

La presente Orden entró en vigor el 31 de octubre de 2017.
SQAS en Transporte y logística en la industria química, petroquímica y gas

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