¿Qué es la carta de porte por carretera?

La carta de porte CMR es un documento que contiene un conjunto estándar de condiciones de transporte y de responsabilidad, sustituyendo a los términos y condiciones de las empresas individuales. Se regula por el Convenio CMR (Ginebra, 19 de mayo de 1956) y es de aplicación a todos los contratos de transporte de mercancías por carretera (excepto mudanzas, transportes postales y funerarios) en los que origen y destino sean países distintos, y al menos uno de ellos suscriptor del Convenio. A través de la carta de porte CMR se confirman dos hechos:

  •  Que el portador, es decir, la empresa de transporte por carretera, ha recibido las mercancías.
  •  Que existeuncontrato de transporte entreel comerciantey el transportista.

A diferencia de un conocimiento de embarque, una CMR no es un documento de título ni una declaración, aunque en algunos países sea considerada como tal.

La carta de porte CMR es un documento que contiene un conjunto estándar de condiciones de transporte y de responsabilidad, sustituyendo a los términos y condiciones de las empresas individuales. … Que el portador, es decir, la empresa de transporte por carretera, ha recibido las mercancías

¿Qué es la carta porte y para qué sirve? La carta de porte es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte. Informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada

Como regla general, la carta de porte debe incluir las siguientes menciones: a) Lugar y fecha de su emisión. b) Nombre y dirección del cargador y, en su caso, del expedidor. c) Nombre y dirección del porteador y, en su caso, del tercero que reciba el envío para su transporte

La carta de porte. Las cartas de porte son aquellas cartas que los transportistas deben llevar siempre consigo, ya que por ley están obligados a emitir y a entregar a quien lo solicite, en las que debe constar claramente el tipo de mercancía que se transporta.

La carta de porte. La carta de porte es el documento en el que se ingresa la información del transporte de cualquier mercancía, cuando se hace un contrato de transporte terrestre se documenta mediante una carta de porte

Para rellenar la carta de porte nacional, hay que saber que esta no posee un formato específico. La carta de porte internacional que debe rellenar el remitente de la mercancía o el transportista de la misma (ambos son considerados jurídicamente válidos)

Nombre completo, NIF/CIF, y dirección del cargador y, en su caso, del expedidor. Nombre completo, NIF/CIF, y dirección del porteador y, en su caso, del tercero que reciba las mercancías para su transporte. … Cantidad de mercancías enviadas, determinada por su peso o expresada de otra manera.

El conocimiento de embarque es un título valor que representa a las mercancías que son objeto de un contrato de transporte marítimo, lacustre (lago) o fluvial. Por otra parte, la carta de porte es un título valor que representa a aquellas mercancías que son objeto de un contrato de transporte terrestre o aéreo

as cartas formales, en particular las cartas comerciales, cuentan al menos con los siguientes conceptos

  • Fecha y lugar: nombre, dirección, fecha del día y lugar al que se dirige.
  • Saludo: personal o consolidado en fórmulas establecidas.
  • Cuerpo: del asunto, con los temas determinados.
  • Despedida: cortesía con la que se da término a la carta.
  • Firma o nombre: clara, o en sustitución también puede llevar el nombre en extenso.

Las cartas también pueden incluir:

  • Membrete: nombre, dirección, teléfono y ciudad de la empresa que la escribe (remitente).
  • Fecha: día, mes y año en que se expide la carta.
  • Domicilio: nombre, dirección, ciudad y código postal de la persona a quien se dirige la carta (destinatario).
  • Vocativo: expresión de cortesía que une al firmante con el destinatario.
  • Texto: exposición del asunto que motiva la carta.
  • Antefirma: razón social o denominación de la causa.
  • Posdata (P.D.): Es el mensaje adicional en el cual redactas algo que has olvidado de explicar o quieras aclarar.
  • Referencias finales: iniciales, mayúsculas y minúsculas respectivamente, de la persona que dicta y de quien tipea la carta.
  • Otros datos: indicaciones de los anexos que se envían o el nombre de las personas a quienes se remite copia del documento. Estas anotaciones se hacen al calce y antes de las referencias finales.

Curiosidades acerca de la carta de porte CMR

Generalmente habrá cuatro copias de la carta de porte CMR:

1. Copia del remitente.

2. Copia para el destinatario.

3. Copia que acompañará a las mercancías durante todo el recorrido y hasta su destino final.

4. Copia de la administración.

Mientras que el transportista es responsable de cualquier pérdida, daño o retraso en el envío hasta que se entregan las mercancías; el remitente ostenta responsabilidad sobre cualquier daño o perjuicio que el transportista pueda sufrir como consecuencia de haber proporcionado datos incorrectos en la carta de porte CMR.

Por último, hay que tener en cuenta que para el transporte de mercancías por carretera, además de las obligaciones inherentes a la carta de porte CMR, es necesario ser consciente de lo relativo al certificado FIATA FCR, el sistema de tránsito TIR, así como a cualquier cambio que pudiera producirse en la legislación aplicable.

Contratación Internacional (Convenio CMR)

El Convenio de 19 de mayo de 1956 relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, conocido como CMR, al que se adhirió España en 1974 con correcciones de errores de 1995, es el marco jurídico que regula los contratos de transporte internacional de mercancías por carretera.El CMR se ha convertido en un marco jurídico que ha servido de referencia para las actualizaciones de derecho privado de transporte llevadas a cabo a final del siglo XX y principio del XXI (la propia Ley 15/2009 que regula el contrato nacional en España se basa en él).Aunque el Convenio CMR regula la carta de porte (contenido, proceso documental, etc) no incluye un formato concreto. Fué la IRU en 1971 la que creó un modelo de carta de porte CMR que ha sido ampliamente implantado en las prácticas mercantiles. Ponemos a su disposición la versión más extendida del MODELO DE CARTA DE PORTE CMR DE LA IRU. Algunas de sus principales regulaciones del Convenio CMR son las siguientes: 1. Ámbito de aplicación. Todo contrato público de transporte internacional cuyo origen o destino se encuentre en un país firmante (en la actualidad son 55).2. Responsabilidad del transportista por los actos de aquellos a los que recurra (intermediación, subcontratación de un parte, etc.)3. Carta de porte CMR. Aunque se regula su contenido y circuito documental el modelo implantado y más usado en el mercado fue creado por la IRU.4. Revisión de la carga y fuerza probatoria de la carta deporte CMR5. Derecho de disposición e impedimentos al transporte6. Regulación de la responsabilidad del transportista: supuestos, exoneraciones y limitaciones a la responsabilidad (8,33 Derechos Especiales de Giro “DEG” ante pérdidas o averías y el precio del transporte en caso de retraso).7. Declaraciones de valor y de interés especial en la entrega8. Dolo y sus consecuencias9. Reservas y reclamaciones en destino10. Tribunales competentes y/o Junta Arbitral de Transporte

¿De cuántos ejemplares originales constará el CMR?
Constará de 4 ejemplares originales (no copias), firmados por el remitente y el transportista:

  • Ejemplar nº 1 para el remitente.
  • Ejemplar nº 2 para las mercancías.
  • Ejemplar nº 3 para el destinatario.
  • Ejemplar nº 4 lo firma y sella el destinatario para que a continuación sea enviado al expedidor (vendedor).

tendencias del presente del CMR de transporte

Las principales novedades del ROTT y la LOTT 2019

Cambios significativos en ROTT y LOTT 2019.

  • Se elimina el Art 3 del ROTT. Desaparecen los límites de responsabilidad de los transportistas por daños y/o retrasos en la entrega de las mercancías. Quizás hayas tenido un problema con tu compañía de seguros por querer pagar al contratante 4,5 € por Kg transportado cuando lo que porteabas era electrónica de mucho más valor. Problema eliminado, para bien y para mal, ahora pagará o pagarás el importe real causado.
  • Se elimina el Art 4 del ROTT. Desaparece la responsabilidad del cargador o remitente en la carga, descarga y la estiba y desestiba. Con ello se declinan las obligaciones a la Instrucción 18/TV de la DGT. En referencia al RD 563/2017 que regula las inspecciones en carretera, que dice que en carga completa la responsabilidad es del cargador y en la paquetería es del transportista.

Se modifican los artículos:

6 a 12 del ROTT sobre las Juntas Arbitrales quedando excluidas las controversias de carácter laboral, penal y tributario. Para dejar claro que su responsabilidad es resolver las controversias de carácter mercantil. Es decir,  disputas en los contratos de transporte terrestre.

  • 43.1.e de la LOTT. Para dejar muy claro que el titular de una autorización, empresa o autónomo, para celebrar contratos a distancia con sus clientes ya debe comunicar su correo electrónico y ahora deberá también comunicar el cambio del mismo al órgano competente a su domicilio.
  • 47 sobre el Registro de Empresas y Actividades de Transporte que a partir de ahora se llevará por medios electrónicos.
  • 51 de la LOTT sobre Visados permitiendo a la DGTT establecer visados distintos a los bianuales. Ahora además si un vehículo no cumple con los requisitos sólo se inhabilitará al mismo. Dándole un año para cumplir las condiciones. En los años de no Visado se inspeccionará al 25% de las empresas para comprobar que cuentan con el Gestor y que éste cumple con todos los requisitos.
  • 52 para decir que para obtener la autorización se debe disponer de 1 vehículo con menos de 5 meses de antigüedad. Desde su primera matriculación.

Se activa el IRI, Índice de Reiteración de Infracciones.

Es una fórmula que servirá para poder inhabilitar el ejercicio de la profesión por pérdida de la Honorabilidad a la Empresa de transporte, al Operador o al Gestor de Transporte. Las infracciones pueden ocasionarse en los ámbitos mercantil, social o laboral. De seguridad vial o de ordenación de los transportes terrestres.

Existen dos fórmulas,  una para empresas y otra para personas física:

  1. Empresas : IRI = [ I + ( i / 3 ) ] / V
  2. Personas Físicas : IRI = I + ( i / 3 )

donde

I, i mayúscula = nº de infracciones en 365 días del apartado B  del Anexo 1, sancionadas por resolución

i, i minúscula = nº de infracciones en 365 días del apartado C  del Anexo 1, sancionadas por resolución y

V = nº medio de vehículos en 365

Así cuando el valor del IRI = >, sea igual o mayor, que 3 se podrá perder la Honorabilidad salvo que, tras la instrucción del correspondiente procedimiento, el órgano competente acuerde que dicha pérdida de honorabilidad resultaría desproporcionada.

Las condenas penales y las resoluciones sancionadoras se inscribirán en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

Este Real Decreto relaciona en el Anexo l los distintos tipos de infracciones según su gravedad.

Anexo I apartado:

  • A,  infracciones que dan lugar a la pérdida de la honorabilidad.
  • B,  infracciones que afectan al factor l, i mayúscula , de la fórmula.
  • C,  infracciones que afec tan al factor i, i minuscula,  de la fórmula.

Condiciones para ser Gestor de Transporte.

En aplicación del Real Decreto 1572/2011, las condiciones para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera se obtienen por dos vias  :

  • Estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, se le entrega directamente.
  • Superar el examen del Art 8 del Reglamento CE 1071/2009 teniendo al menos el título de Bachiller Superior.  Este examen se compone de un test con 200 preguntas, a responder en 2 horas exactas donde 1: acierto suma  +1 pto y donde las respuestas erróneas restan -0,5 ptos. También hay que resolver 4 casos prácticos (en 2h) donde el acierto suma  +50 ptos y  las erróneas restan -25 ptos. Hay que obtener 100 puntos en cada apartado.

Gestor de Transporte y período transitorio para Empresas.

La persona que desempeñe en la fecha de entrada en vigor de este reglamento las funciones de gestor de transporte, antes Capacitado, de una empresa podrá continuar haciéndolo hasta el 1 de julio de 2020 aunque no cumpla en su integridad lo dispuesto en el artículo 112 del ROTT. No obstante, durante todo ese período, dicha persona deberá cumplir las dos siguientes condiciones:

  • Tener conferidos poderes generales para representar a la empresa en las operaciones propias de su tráfico ordinario. Ya sea con carácter exclusivo o solidaria o mancomunadamente con otros. Existiendo constancia de dicho apoderamiento en registro o documento público.
  • Tener conferido poder de disposición de fondos para las operaciones propias del tráfico ordinario de la empresa sobre sus principales cuentas bancarias. Ya sea con carácter exclusivo o solidaria o mancomunadamente con otros.

Por tanto a partir de 1 de julio de 2020 el Gestor o bien es un Técnico Superior en Transporte o bien ha superado el examen de Gestor de Transporte.

Gestor de Transporte y período transitorio para Persona Física.

La persona que desempeñe en la fecha de entrada en vigor de este real decreto las funciones de gestor de transporte de una empresa de la titularidad de una persona física sin ser ella misma la titular de la correspondiente autorización de transporte, antes el que prestaba la Capacitación, podrá continuar cumpliendo esta función en dicha empresa mientras esta conserve la titularidad de esa autorización, aun cuando no cumpla lo dispuesto en el artículo 113.1.a) del ROTT, siempre que, no obstante, se encuentre en situación de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Artículos:

  • Modifica el Art 4.1 de la Orden FOM/1353/2005 sobre la representatividad en el Comité Nacional de Transporte por carretera  por el que las asociaciones deberán tener representación en cuatro CCAA distintas, antes dos. Se modifica además el sistema de votación de las distintas asociaciones pero la fórmula es para gente muy lista porque a mí me da igual resultado con la fórmula vieja que con la nueva.
  • Añade un apartado 5 al Art 19 del RD 1032/2007 sobre condiciones de obtención de la Tarjeta de cualificación de conductores CAP por el que la inasistencia de un alumno sin causa justificada, detectada durante la realización de una visita de inspección, dará lugar a que el órgano competente acuerde la falta de validez del curso para ese alumno, mediante resolución expresa y previa audiencia del interesado.
  • Modifica el Art 6 de la OF/2861/2012, que regula el Documento de Control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera mediante el que en dicho documento se introduce una casilla para anotar el nº de autorización del Transporte Especial si lo fuese y otras casillas para anotar las matrículas de cabeza tractora y semirremolque del siguiente transportista si fuese un transporte sucesivo.
  • Añade al Art 37.2 del Real Decreto 97/2014 sobre operaciones de Transporte con Mercancías Peligrosas en el que será responsabilidad del transportista la descarga de gasóleos UN 1202 en cantidad que no exceda de 1.000 Lts.
  • Disposición transitoria 2, las autorizaciones de transporte en vehículos ligeros documentadas en tarjetas de la clase MDL que, en la fecha de publicación de este real decreto, tuviesen adscrito algún vehículo con una MMA superior a las 3,5 toneladas se convierten automáticamente en MDP.
  • Actualizan los Art 197, 198 y 199 del ROTT. Por tanto la relación de Infracciones así como las horquillas de importes de las sanciones por infracciones, adecuándose al Reglamento UE 2016/403

Destacamos la relación de Infracciones muy graves y graves con sanciones que en su caso aparejan pérdida de la Honorabilidad (P.H.) y/o la inmovilización del vehículo (I.V.):

Importes de las Sanciones.

  • Leves del Art 199 : de 100 € a 400.
  • Graves del Art 198 : de 401 a 1.000
  • Muy Graves del Art 197: de 1.001 a 6.000

La repetición de una Muy Grave en un período de un año, aparte de conllevar la pérdida de la Honorabilidad elevará el importe desde 6.001 a 18.000 €.

Sensaciones.

La importancia de este  RD, seguida de la implantación del IRI y un único vehículo para acceder al sector,  se lo lleva la figura del Gestor de Transporte. Por los altos requisitos cualitativos y de responsabilidad que debe tener, asumir y acreditar permanentemente. Por tanto, esta figura se convertirá en un protagonista vital o de supervivencia para cualquier empresario del transporte por carretera. Sea empresa o persona física, sobre todo a partir del 2 de julio de 2020, fecha en la que alguna empresa si no está avispada tendrá problemas para incorporarla.

Entrada en Vigor: 21 de Febrero de 2019

El e-CMR, profundo cambio estratégico en el sector del transporte

El e-CMR cumple con todos los requisitos legales y técnicos para su utilización en las mismas condiciones a la carta de porte actual. La carta de porte electrónica o e-CMR facilita bajo un total amparo legal que todos los aspectos sean mejor conocidos y establecidos desde las empresas de transporte y cargadores, conociendo de manera inmediata todos los puntos de ejecución del contrato. Por otro lado, el control de documentos en formato digital permite asegurar mayor eficacia y operatividad en lo relativo a la inspección del transporte.

Cómo me convencería de que debo evolucionar de mis cartas de porte en papel a un entorno digital?

Pues le diría que hay tres grandes familias de razones:

  • La primera es la económica, ya que expedir, firmar, archivar y compartir los actuales CMRs en papel tiene un coste laboral aproximado de 3€ por documento. Además, le diría que más del 2% de todos los portes realizados nunca se llegan a cobrar, por pérdida o deterioro de las copias y que más del 5% nunca se cobran antes de 6 meses. También le diría que el plazo promedio de disponibilidad de la copia en papel de un porte terminado es de 7 días en portes nacionales y de hasta 16 días en portes internacionales.
  • La segunda razón es de eficiencia, ya que actualmente mientras que un tercio de los transportistas desconoce las ventanas de entrega que debe cumplir, la mitad de los destinatarios recibe entregas de forma inesperada. Todo ello sumado que hasta dos terceras partes de los transportistas reciben direcciones de entrega o persona de contacto errónea. Estas son estadísticas reales y que son irresolubles si no se hace uso de un sistema como el nuestro.
  • La tercera razón importante está asociada a la prevención de litigios entre los socios logísticos por incidencias, diferentes interpretaciones o datos erróneos.

Descríbame brevemente cómo funciona la plataforma y el servicio de TransFollow

Nosotros generamos y firmamos digitalmente las Cartas de Porte y los CMRs, dando acceso en tiempo real a todos los participantes en la cadena (expedidor, transportistas, destinatario, agencia). Los firmantes (chóferes, jefes de almacén) acceden a la información de su porte desde su dispositivo móvil a través de una APP propia, desde la que pueden incorporar o cambiar datos y firmar entregas / recogidas mediante códigos QR.

TransFollow provee el servicio desde una nube propia securizada y encriptada por lo que ninguno de los usuarios de nuestro servicio debe comprar ningún SW para empezar a cursar e-CMRs. TransFollow garantiza asimismo la completa cobertura legal ejerciendo de tercero de confianza en el proceso.

¿De qué manera se abona su servicio?

El único coste para el usuario es pagar a fin de mes por los e-CMRs o e-CDP que haya expedido en ese mes, tal y como ahora adquiere sus copias en papel. Todas la funcionalidades quedan cubiertas con ese pago.

¿A qué sector de transporte va dirigido?

Una de sus fortalezas es que es accesible a  empresas de cualquier tamaño. En el caso de las pymes, pueden tramitar sus documentos digitales a través de un portal propio, TRANSPORT PORTAL, únicamente incorporando los datos de sus partners, empleados y matrículas.

Para las empresas de mayor tamaño, que ya disponen de sistemas de gestión de tráfico o almacén, hemos diseñado APIs para su integración directa en esos sistemas. En ese sentido, las empresas de IT especializadas en sistemas de transporte (TMS, WMS, FMS, ..) son partners naturales nuestros. Como referencia, en el SIL vamos a presentar conjuntamente nuestra solución con uno de los integradores top 10 europeos: ANDSOFT

¿Qué ventajas competitivas presenta el uso de la carta de porte electrónica y del e-CMR frente a sus versiones actuales en papel?

Aparte de los ahorros y mejoras de eficiencia ya mencionados, el hecho de que sea digital hace que sea inmanipulable y que pueda ser visionado desde cualquier dispositivo. Ya no se romperá, manchará o perderá. Certificamos día, hora y localización de cada transacción y el e-CMR se puede generar y leer hasta en 19 idiomas.

Otra inmensa ventaja es que ya se puede facturar desde el mismo momento de la firma de aceptación en destino, aunque el camión tarde 2 semanas en retornar a su base. Las reservas de aceptación o discrepancias se pueden prevenir adjuntando documentos o tomando fotos desde nuestra APP móvil. Todo ello queda incorporado al dossier digital del porte. Hacer esto es implanteable en una gestión en papel.

¿Qué pasos tendría que dar una empresa de transporte para empezar a usar documentos electrónicos de porte?

Realmente, lo único que necesita es ponerse de acuerdo con alguno de sus partners logísticos para empezar a ‘interrelacionarse digitalmente’. Darse de alta es un proceso que lleva apenas 5 minutos y los datos de conductores, matrículas y ubicaciones se pueden volcar de sus bases de datos o sistemas de gestión.

TransFollow prefiere que sus distribuidores sean las propias Asociaciones de Transporte de cada país, que son capaces de agregar empresas y ya tienen hace años el hilo conductor de proveerles servicios. Usted conoce que ASTIC ha venido siendo nuestro vehículo desde que despegamos en España en 2017. Hemos firmado también recientemente con CETM (la mayor organización de España y probablemente de Europa) lo que va a permitir que sus más de 30.000 empresas afiliadas puedan contratar directamente nuestro servicio desde su propio sitio web.

¿Cómo afecta el nuevo ROTT al uso de esta tecnología?

El nuevo Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre, recientemente aprobado en febrero de este año, hace por fin equiparable desde el punto de vista legal a nivel de INSPECCIÓN la presentación a los agentes del documento de control en la pantalla de un dispositivo con firmas electrónicas a la presentación de un papel con una firma física y el sello de las empresas. Estamos en contacto directo con los respectivos Ministerios de Transporte en cada país (Fomento en España) para que los criterios de envío de copia digital en caso de SANCIÓN también se cumplan en todos ellos.

¿Qué factores a su juicio están influyendo en el despliegue?

Pues es algo que ha ido evolucionando en el tiempo. Hace dos años había más dudas legales o del tipo ¿qué pasa en otros países?, por ejemplo. En la actualidad, poner nuestro servicio en marcha no suele verse como un problema económico (ya que no hay que comprar ni instalar nada) ni como un problema tecnológico (ya que sabiendo hacer cartas de porte o CMRs en papel, es muy intuitivo). Suele ser más un reto organizativo (se necesita practicar con viajes reales para aprender en cuántas facetas adicionales una gestión digital puede ayudar) u operativo (hace falta poner de acuerdo a algunos cargadores o destinatarios para hacer juntos esas pruebas).

Con cierta frecuencia, se da la paradoja de que nos contactan por un lado Transportistas a los que les cuesta trabajo encontrar Cargadores que deseen realizar Pruebas con ellos y, por otro, Cargadores que no encuentran Transportistas con los que hacer sus Pruebas. Estamos trabajando intensamente en acortar este GAP y aumentar el ecosistema conjunto que asocie cargadores destinatarios transportistas y empresas de integración. Tenemos el reto de conseguir involucrar a las Asociaciones de Cargadores, buscando incorporar sus estándares, ya que los Cargadores también se benefician claramente de la digitalización de los actuales documentos de porte.

Finalmente, me parece relevante destacar que las empresas que han decidido arrancar despliegues del e-CMR a través de puestos directivos fuera de los expuestos al día a día (Operaciones, Tráfico), como Innovación, Mejora de Procesos o Calidad han avanzado con mucha más rapidez. Evolucionar hacia la gestión digital no es un proceso de IT sino estratégico, porque afecta a todas las áreas de la empresa.

CMR: contrato de transporte: Presente y futuro

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